LA REFORMA DEL ARTÍCULO PRIMERO CONSTITUCIONAL Y EL PRINCIPIO PRO PERSONA EN LA APLICACIÓN Y RESPETO POR LAS AUTORIDADES A LOS DERECHOS HUMANOS
Palabras clave:
Derecho Constitucional, Derecho de Amparo, Derechos Humanos, Principio pro persona (pro homine), Derecho laboralResumen
El hablar o escribir acerca de los Derechos Humanos o del Amparo son temas de inagotables pero constructivas polémicas, dos temas con una sola fuente que es el Derecho Constitucional; el amparo como una institución de nuestra legislación que se ha venido construyendo a través de los años y si bien es cierto nace en siglo XIX, en la actualidad se ha venido adaptando a la modernidad, no con la rapidez que algunos juristas quisieran, pero si ha sufrido modificaciones importantes, como lo es ahora, después de la reforma de 2011 del artículo primero de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es por eso que me motivó a escribir el presente artículo.
Por su parte, nuestra Constitución establece que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”. (Artículo 1º Constitucional).
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