LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN TECNOLÓGICAS EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL TRATADO ENTRE MÉXICO, ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ T- MEC
Palabras clave:
T MEC, Ley Federal de Derechos de Autor, Medidas Tecnológicas de Protección, Elusión, OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)Resumen
Uno de los capítulos primordiales que impactarán en el quehacer de las universidades será el capítulo V de la Ley Federal de Derechos de Autor y más el recientemente insertado artículo 114 Bis, De las Medidas Tecnológicas de Protección, la Información sobre la Gestión de Derechos y los Proveedores de Servicios de Internet. México debe incorporar en su legislación interna las MTP, regulándolas para cumplir con su compromiso contraído a la firma del T MEC.